ARGUMENTOS JURÍDICOS A FAVOR DEL ABORTO TERAPÉUTICO

6 sept 2008

Desde 1931 hasta 1989 - aún bajo la Constitución de 1980 (impuesta por Pinochet) - el ordenamiento jurídico chileno contemplaba la posibilidad de practicar lícitamente un aborto por motivos terapéuticos. El aborto terapéutico era considerado lícito, pues estaba plenamente justificado en aras a evitar un mal actual o inminente.

La derogación del aborto terapéutico es un fiel reflejo de cómo sectores antidemocráticos a través del poner punitivo del Estado pretendieron perpetuar una determinada forma de pensar. La ley 18.826 se dictó restando meses para la partida del Gobierno militar, sin que mediara debate político o social. Antonio Bascuñan Rodríguez indica que la modificación del Código Sanitario obedeció a la directa intervención del magisterio de la Iglesia Católica que persuadió al Gobierno de la época para que penalizara absolutamente el aborto en Chile. La penalización absoluta del aborto es un elemento ajeno a nuestra tradición jurídica. Antes de la promulgación del primer Código Sanitario Chileno, la práctica del aborto para resguardar la salud y la vida de mujer era considerada lícita.

En otras palabras, la derogación del aborto terapéutico se ha producido de una manera socialmente arbitraria. De este modo, la sociedad, que no ha tenido la posibilidad de verse informada en una materia que la afecta más allá de las ideologías y los partidos políticos, tiene que aceptar una razón impuesta y fundada en una moral única y autoritaria como es la católica.
La eliminación del aborto terapéutico de la legislación sanitaria tuvo por objeto y resultado consagrar dentro del orden temporal el reconocimiento de la filosofía y la moral católica. No ocurrió ningún hecho científico significativo que pudiera llevarnos a concluir que los fetos desde el año 1989 tenían más vida que aquellos que se gestaron antes de esta modificación legal.

La penalización sin excepciones del aborto constituye un incumplimiento de las obligaciones que el Estado de Chile ha adquirido en materia de derechos humanos de las mujeres. La norma del Código Penal no reconoce ninguna situación o excepción para la interrupción del embarazo. Incluso en los supuestos en que el embarazo exponga la vida de la mujer, sea el resultado de una violación o bien el feto sea anancefálico o inviable. Si la mujer opta por abortar será sancionada con toda la fuerza del derecho penal. El Estado de Chile al penalizar el aborto, obliga a las mujeres que requieren un aborto a buscar la realización de este procedimiento en condiciones inseguras o insalubres o bien, simplemente, esperar pasivamente la muerte, en el caso de la indicación terapéutica, o padecer en silencio el tormento de un embarazo producto de una violación o respecto del cual se tiene la certeza que el feto no sobrevivirá. Ciertamente esta situación afecta el pleno goce del derecho a la vida y la integridad de las mujeres, puesto que no existen motivos o requisitos razonables o legales que amparen esta situación. En ausencia de esos requisitos, solo podemos afirmar que en los supuestos descritos, el Estado se comporta en forma arbitraria, en manifiesta contradicción con la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos vigentes en Chile.
*Las leyes deben representar a la ciudadanía y no a una iglesia en particular.
*Las leyes chilenas no respetan los derechos humanos de las mujeres

No resulta legítimo solicitarle a las mujeres que sacrifiquen su vida o su integridad personal por otro ser, ya que nuestro ordenamiento jurídico no contempla deberes de comportamiento a favor de terceros que impliquen un sacrificio de estos derechos. El Estado y la sociedad deben respetar la autonomía de cada sujeto para desarrollarse libremente, sin que exista la posibilidad de requerir a sus ciudadanas que se transformen en mártires.

1 comentario:

Anónimo dijo...

hOLA SOY FRANCESA, PROFESORA UNIVERSITARIA Y ESTOY ESTUDIANDO LA SITUACION DE LAS MUJERES EN CHILE Y LA VERDAD ES QUE PARECE INCREIBLE. ESTAMOS EN PLENA EDAD MEDIA SOBRE ESTE TEMA / LO DEL ABORTO O LA PROMULGACION TAN TARDIA DE LA LEY DE DIVORCIO SON ILUSTRACIONES PERFECTAS DEL RETRASO SOCIAL EN CHILE. COMO LO VI EN UN BLOG "UN JAGUAR CON PINTA DE DINOSAURIO" !